En nuestro país existía un vacío jurídico en materia de clasificación comercial de los trigos, lo que conllevaba una desventaja competitiva respecto a otros países de nuestro entorno. Para solucionarlo, en el año 2010 el Gobierno español aprobó un Real Decreto (1615/2010, de 7 de diciembre), por el que se trata de normalizar y homogeneizar la oferta de trigos, con la finalidad de impulsar la competitividad del sector primario. El propio Real Decreto define el objetivo de esta norma de calidad, como: “la comercialización normalizada de la oferta española de trigo”. Aunque esta clasificación se refiere tanto a trigos blandos como a trigos duros, en el presente artículo se exponen los principales parámetros por el que se categorizan los trigos blandos, ya que la superficie de trigo duro en Navarra a día de hoy es muy pequeña. Tal y como se muestra en el gráfico inferior, el trigo duro supone menos del 4% de la superficie total de trigo en Navarra. Para el desarrollo del Real Decreto, se contó con la colaboración de diferentes sectores, desde los industriales hasta las cooperativas productoras, pasando por organismos técnicos. La norma ha sufrido alguna modificación a posteriori para dar respuesta a diversas cuestiones técnicas, a la vista de la experiencia adquirida desde la puesta en marcha de la citada norma.