El 5 de enero de 2005 se publicó el Reglamento 1/2005 relativo a la protección de los animales durante el transporte, entrando en vigor dos años más tarde, coincidiendo con la publicación del Real Decreto 751/2006 sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales, dando lugar a la creación del Comité español de bienestar y protección de los animales de producción. Todo ello ha llevado a una serie de cambios que, aunque se han divulgado por parte de los sectores implicados, todavía generan cierta confusión incluso dentro de la propia administración.
Por ello, en el presente artículo se intenta hacer un repaso de los puntos más importantes de dicha legislación, para que todas las partes implicadas tengan más claras las reglas de juego que nos ha marcado la Comisión Europea en materia de transporte.
En el preámbulo del Reglamento podemos encontrar unas consideraciones generales que representan el espíritu con el que ha nacido la norma y definen qué se pretende conseguir. Fundamentalmente:
- Limitar en lo posible los viajes largos, incluyendo el transporte de animales para sacrificio.
- Mejorar la trazabilidad en los viajes largos (sistemas de navegación)
- Extender la responsabilidad del el transporte de animales no solo a los transportistas sino también a otros eslabores del proceso: mataderos, ganaderos, administraciones públicas, etc.