El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ha elaborado un anteproyecto de Ley Foral de Canales Cortos de Comercialización Agroalimentaria de Navarra.
La norma tiene por objeto regular y fomentar la comercialización de alimentos llevada a cabo, de forma directa, entre las y los titulares de explotaciones agrarias de Navarra y las y los consumidores finales o con la participación de un intermediario, como máximo; flexibilizar los requisitos de seguridad e higiene de los alimentos que permite la legislación europea, nacional y regional para la venta de pequeñas cantidades; crear el registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria de Navarra, así como las condiciones y obligaciones de la inscripción; y establecer un sistema de identificación de la comercialización directa, así como sus normas de utilización.
El anteproyecto se estructura en IV capítulos: el primero está dedicado a las disposiciones generales, el segundo al nuevo registro de canales cortos de comercialización agroalimentaria, el tercero a la creación de un logotipo identificativo de ese método de comercialización, y el cuarto al control y régimen sancionador.
El desarrollo de la actividad comercial contemplada dentro del canal corto de comercialización agroalimentaria podrá realizarse mediante venta directa o mediante venta de proximidad, y estará vinculada a explotaciones agrarias de pequeña dimensión, que pueden encontrar dificultades para competir en los canales ordinarios de comercialización.
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